LA FUNCIÓN ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD COLECTIVA DE LAS TIERRAS ANCESTRALES: ¿UN NUEVO MODELO DE RELACIÓN ENTRE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA TUTELA DEL MEDIO AMBIENTE?

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Saverio Di Benedetto

Resumen

Los tribunales de derechos humanos, como la Corte IDH, suelen otorgar protección al medio ambiente sólo de forma indirecta, al aplicar normas dirigidas a proteger valores distintos, como la vida humana o el domicilio privado, en casos que implican una lesión a bienes naturales o ecológicos. Este artículo analiza el particular enfoque de la protección ambiental desarrollado por la Corte IDH al definir y proteger el derecho de propiedad comunal sobre las tierras ancestrales de los pueblos indígenas y tribales. La idea es que dicho derecho comprende una función directa de protección del medio ambiente debido al carácter ecológico intrínseco de la propiedad comunal. Esto conlleva importantes consecuencias también sobre el papel de los poderes públicos en la protección del medio ambiente, como demuestra el muy reciente caso Kaliña.

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Biografía del autor/a

Saverio Di Benedetto, Universidade do Salento, Lecce - Itália.

Professor adjunto de direito internacional na Universidade do Salento, Lecce - Itália.