EL CONTAMINANTE INDIRECTO Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL AMBIENTAL POR DAÑO PRECEDENTE

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Talden Farias
Eduardo Fortunato Bim

Resumen

El contaminante indirecto es aquel que contribuye para la degradación ambiental sin dar causa a ella de forma directa. Ese contaminante ha sido el centro de algunas discusiones sobre la responsabilidad civil en materia ambiental, venido, inclusive, a ser demandado cuando el daño ambiental preceder su conducta, sea ella omisiva o comisiva. El presente trabajo buscó delimitar la responsabilidad del contaminador indirecto en la hipótesis del daño ambiental ser anterior a la conducta del agente. La metodología consistió en pesquisa bibliográfica y documental, y fue realizada una discusión sobre aquellos que adquieren producto forestal con Documento de Origen Forestal - DOF - ideológicamente falso y que han sido objetos de responsabilizaciones acríticas por parte de los órganos ambientales, del Ministerio Público y hasta del Poder Judiciario. Se averiguo que, para procesar el adquiriente de carbón vegetal con DOF ideológicamente falso, es necesaria la prueba de que había ciencia (o debería haber) de la irregularidad, solo pudiéndose cobrar responsabilidad por la madera decurrente de las operaciones en las cuales esa culpa quedar caracterizada.

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Artigos
Biografía del autor/a

Talden Farias, UFPB

Doutor em Direito da Cidade pela UERJ, doutor em Recursos Naturais pela UFCG e mestre em Ciências Jurídicas pela UFPB. Advogado e professor da UFPB. 

Eduardo Fortunato Bim, AGU

Eduardo Fortunato Bim é doutorando em Direito do Estado pela USP, mestre em Direito pela Unimep e especialista em Direito Ambiental pela Unimep. Procurador federal.
Email: eduardo.bim@agu.gov.br