PRINCIPIO DE LA PRECAUCIÓN EN EL DERECHO AMBIENTAL BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.18623/rvd.v13i27.877Palabras clave:
Direito Ambiental, PrincÃpios legais, PrincÃpio da Precaução, PolÃtica ambiental, Supremo Tribunal Federal, Precedentes Judiciais.Resumen
El problema a ser enfrentado por este artículo es relativo al principio de la precaución y su incorporación al derecho brasileño. Como se sabe, tal principio ha sido ampliamente citado por decisiones judiciales y es parte importante de la producción doctrinaria jurídico-ambiental. Sin embargo, se tiene que a su aplicación ha sido hecha de forma bastante aleatoria e, in[1]clusive, no hay una definición clara e instrumental de su contenido. La hi[1]pótesis que se pretende examinar es que, desde la Declaración de Rio “ en su traducción para el portugués “ la legislación ambiental ha denominado como principio jurídico, lo que internacionalmente es un abordaje, una medida de precaución, como se puede constatar por los textos en Inglés y Francés de la Declaración de Rio y de otros instrumentos jurídicos re[1]levantes. La metodología a ser utilizada es el levantamiento de decisiones judiciales y normas legales relevantes, bien como el examen de la produc[1]ción doctrinaria relativa al tema. Se concluye que hay un súper dimensio[1]namiento de la utilización del principio de la precaución por los tribunales brasileños, en especial por el Superior Tribunal de Justicia y que, en el caso concreto, el Supremo tribunal Federal ha desempeñado papel de modera[1]dor en relación a la aplicación del principio de la precaución.
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