DESEQUILÍBRIOS DE PODER ENTRE LOS MEDIANDOS E LA NECESARIA TUTELA DEL ESTADO: ANÁLISIS DE LA MEDIACIÓN AMBIENTAL A LUZ DEL CPC/2015
DOI:
https://doi.org/10.18623/rvd.v13i27.869Palabras clave:
Mediação, Tutela do Estado, Mediação Ambiental, Código de Processo CivilResumen
El presente trabajo colima reflejar sobre el posible desequilibrio de fuerzas entre mediandos en los conflictos del derecho ambiental en Brasil y objetiva analizar la necesidad de tutela estatal en el contexto de la mediación ambiental, en los términos en que ha sido autorizada por el nuevo Código de Proceso Civil, aprobado por la Ley nº 13.105/2015, en vigor desde marzo de 2016. El diploma deja trasparecer la elección de principios específicos, entre ellos el Principio de la Promoción Estatal de la Solución Consensual de los Conflictos, y los postulados que encuadran la autocomposición. Elige la voluntad de los reclamantes como un valor a ser defendido por el ordenamiento jurídico. Entremetes, no promueve una ruptura más radical con el CPC vetusto. En mediación ambiental los beneficios alcanzables son equiparados a mediación generalista: ampliación del acceso a justicia, agilidad, empoderamiento de las partes, efectividad de las soluciones acordadas. No obstante, merece realzar que la complicación y riesgos son claramente mayores que en otras áreas del derecho. Los conflictos ambientales tienen amplitud, continuidad temporal, implicaciones materiales y riqueza de significados que dificultan su delimitación. Las hipótesis del estudio han sido investigadas recurriendo a pesquisa bibliográfica. Se concluye que la posibilidad de desigualdad entre los mediandos constituye riesgo a efectividad de las soluciones mediadas en el contexto de los conflictos ambientales.
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