DERECHOS ADMINISTRATIVOS ADQUIRIDOS Y EVALUACIÓN AMBIENTAL CHILENA

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Pedro Harris Moya

Resumo

El presente artículo examina los pronunciamientos en torno a derechos adquiridos en el régimen de evaluación de impacto ambiental en el Derecho chileno, con el objeto de determinar la estabilidad de las actividades autorizadas por la Administración Pública. Para estos efectos, se analizan los dictámenes de la Contraloría General de la República (jurisprudencia administrativa) y, posteriormente, las sentencias de los tribunales de justicia (jurisprudencia judicial). El contraste de los pronunciamientos de ambas sedes permite constatar diferencias relevantes en la interpretación de los derechos de los titulares de estas actividades. En la Contraloría General de la República, la evaluación de impacto ambiental ha permitido crear derechos adquiridos a una continuidad de funcionamiento. Como resultado de ello, ciertas actividades no pueden ser evaluadas ambientalmente, mientras que el régimen de otras ya evaluadas no puede ser objeto de modificaciones. Diferentes sentencias de los tribunales muestran divergencias con los criterios antes referidos, a través de una interpretación restrictiva de los derechos administrativos adquiridos por titulares de actividades en este instrumento de gestión ambiental.

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Artigos
Biografia do Autor

Pedro Harris Moya, Universidad Autónoma de Chile

Doctor en Derecho público, Universidad de Paris 1, Panthéon-Sorbonne, Francia. Profesor de Derecho Administrativo, Universidad Autónoma de Chile, Santiago, Chile. Dirección postal: Av. Pedro de Valdivia Nº 641, Providencia, Santiago de Chile. Correo electrónico: pedro.harris@uautonoma.cl